|
Petróleo en Latinoamerica -
Ecuador
|
|
Martes, 16 de Septiembre de 2008 08:18 |
Herramientas de la nueva
Constitución para defender el Yasuní.
En la nueva Constitución se recogen muchos elementos que son o pudieron
ser las garantías para la propuesta de mantener el crudo en el subsuelo:
- Protección del
territorio de los Pueblos en Aislamiento Voluntario Art. 57
- Prohibición de
operaciones petroleras en áreas protegidas. Art. 407
- Se reconoce el derecho
de la naturaleza a existir y mantener sus ciclos vitales y estructura
Art 72
- Se reconoce el derecho
de personas y pueblos a exigir el cumplimiento de los derechos de la
naturaleza. Art. 72
- Se reconoce el derecho
la reparación integral tanto como parte de los derechos de la
naturaleza Art 73 como de las personas al ambiente Art 397
- Se reconoce el
principio de precaución al afirmarse que el estado deberá aplicar
medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan
conducir a la extinción de especies, destrucción de ecosistemas o
alteración permanente de ciclos naturales Art. 73
- Se reconoce el
principio de prevalencia que dice que en caso de duda sobre el alcance
de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán
en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 395
- La soberanía energética
no podrá afectar la soberanía alimentaria, ni el abastecimiento del
agua . Art. 15 / Art. 413.
- Apoyo prioritario al
desarrollo de nuevas fuentes energéticas limpias y descentralizadas y
de bajo impacto Art. 413
- Soberanía alimentaria
como eje del modelo productivo agrícola Art. 281
- Control del Estado de
los recursos naturales no renovables Art. 313 / 317
- Una agenda
internacional responsable con los temas ambientales globales. Art. 416
lit. 13
|