oilwatchlogo
 
Inicio   |   Enlaces   |   Contactar   |   Buscador
Suscríbete al RSS feed o a nuestra lista de correo
 
ECUADOR - Caducidad de Petrobras camino sin retorno Imprimir E-mail
Petróleo en Latinoamerica - Ecuador
Sábado, 23 de Febrero de 2008 02:48
Opinión
Ecuador
Caducidad de Petrobras camino sin retorno
Por: Fernando Villavicencio (MOVIMIENTO POLO DEMOCRATICO)
Fecha publicación: 22/02/2008

Casi una década debió esperar el país para recuperar la dignidad y la soberanía hidrocarburífera, sobre uno de los contratos petroleros más cuestionados y lesivos al interés nacional, como es el contrato con el consorcio: Petromanabí, Cayman y Petrobrás en el bloque 18 y Campo Palo Azul.

La decisión del Procurador General del Estado, Javier Garaicoa, ratifica la contundente investigación realizada por el Grupo Interdisciplinario, conformado por el ex Ministro Alberto Acosta, en mayo de 2007, que determinó la existencia de causales de caducidad, por la ilegal cesión de derechos de Petrobrás a Teikoku y fraude técnico en la declaratoria de común del campo Palo Azul, adyacente al Bloque 18.

Este proceso no tendrá retorno, toda vez que contaría con el aval del Presidente Rafael Correa, de los funcionarios honestos del régimen y la gran mayoría de ecuatorianos y sus organizaciones sociales que han luchado, enfrentando persecución, juicios penales y una larga campaña de criminalización.

De materializarse la caducidad de Petrobrás, y avanzar en el mismo sentido con otros contratos petroleros, significará un significativo viraje del régimen de Correa, hacia una política soberana en el manejo de los recursos naturales. Este caso tiene una directa vinculación con la suerte del Parque Yasuní y con la viabilización el Proyecto Manta-Manaos. Esperamos ver la evolución y las respuestas de Lula.

Una vez que acabe el proceso (3 meses), Petrobrás deberá salir del país, considerando que el contrato del Bloque 31, dentro del Parque Nacional Yasuní, también seguiría la misma suerte, toda vez que el Acuerdo Previo, suscrito por Petrobrás y Teikoku (causa central de caducidad), se refiere tanto al bloque 18, cuanto al bloque 31.

Esta será una victoria histórica de los pueblos del Ecuador y de las organizaciones ambientalistas, pues significará la posibilidad real de suspender la explotación petrolera del bloque 31 y del ITT, dentro de la una de las últimas reserva de biosfera del planeta, el Parque Nacional Yasuní; además permitirá proteger la vida de los pueblos en asilamiento voluntario Tagaeri y Taromenane.

Para que el país y el mundo sepan, presentamos un resumen de la cadena de ilegalidades, atropellos y perjuicios económicos provocados por Petrobras en Ecuador, empresa que arribó al país sin ganar ninguna licitación. Entró por la ventana, adquiriendo fraudulentamente acciones en las bolsas de valores.

En 1996, Amoco transfirió a la empresa francesa ELF Aquitaine Equateur el 40% de los derechos y obligaciones, se quedó como operadora del Bloque y ejecutó el plan exploratorio mínimo, concluyendo que no existían reservas de crudo rentables, por lo que el año 1997 comunicó a Petroecuador que abandonaba el país, como se desprende del Memorando No. 227 de la Unidad de Contratación Petrolera UCP, del 9 de septiembre de 1997, que dice: “… habiendo cumplido Amoco el Plan Exploratorio mínimo y decidido su Gerencia retirarse del área, devuelva ésta al Estado, de acuerdo con lo que dispone el Art. 24 de la Ley de Hidrocarburos y la cláusula 6.1.8 del contrato”. Pese a esta notificación, el Ministro de Energía Raúl Baca en 1997, autorizó la transferencia de la totalidad de derechos y obligaciones de AMOCO y ELF, a Cayman y Petromanabí, sobre un bloque no comercial, y, al margen de lo que establecen los Arts. 2 y 3 del Reglamento al Art. 79 de la Ley de Hidrocarburos, por cuanto las cesionarias no reunían los requisitos para su calificación.

El Bloque 18 cuenta con 2,28 millones de barriles de reservas probadas y una producción promedio día de 170 barriles, mientras el campo denominado Palo Azul (Palo Rojo) de Petroecuador, registra 100 millones de barriles de reservas probadas y una producción promedio de 40.000 barriles de petróleo por día (BPPD), es decir el bloque nunca fue ni es comercial, sino que a través de un fraude técnico y al margen de la Ley, varias autoridades de Petroecuador, del Ministerio de Energía y representantes de la contratista, anexaron el campo Palo Rojo de Petroecuador al Bloque 18, sin ser unificado, llamándolo Palo Azul.

La anexión del Campo Palo Rojo, empezó con la calificación fraudulenta de Común del Yacimiento Hollín Inferior realizada el 15 de junio del 2000, por la Comisión Técnica PETROPRODUCCION-CAYMAN, que recomendó: “por cuanto Basal Tena y Napo U y T tienen continuidad geológica entre los pozos Palo Azul 1 y 2, y porque Hollín Inferior es un yacimiento común, el campo Palo Azul es unificado”. Con base a este informe, Pablo Terán el 20 de septiembre de 2000 con Acuerdo Ministerial 076, comete otra ilegalidad al calificar de común las áreas del Campo Palo Azul y al yacimiento Hollín, y autoriza la suscripción del Convenio de Explotación Unificada, contraviniendo el Informe de la Comisión Técnica de 15 de Junio 2000 que declaró únicamente al yacimiento Hollín Inferior como COMUN. La primera ilegalidad es declarar CAMPO UNIFICADO, figura que no existe en la Ley de Hidrocarburos, sino la de yacimiento común, de esta forma se abría la puerta para que la contratista pueda explotar los otros yacimientos; la segunda sería haber unido en forma antitécnica y antinatural las dos areniscas, en un solo HOLLIN, desestimando los estudios técnicos que definen que en toda la Cuenca Oriente Hollín Superior y Hollín Inferior son dos yacimientos perfectamente independientes y diferenciados por su producción, características petrofísicas y de fluidos.

Ya en control de al menos 100 millones de barriles de reservas probadas, empieza la feria del petróleo en las Bolsas de Valores. En abril de 2001, el Ministro Pablo Terán autoriza a Cayman y Petromanabí para que transfieran a una empresa fantasma, EcuadorTLC el 42% y el 28% de sus derechos y obligaciones en el Contrato del Bloque 18. EcuadorTLC no acreditaba experiencia técnica, ni respaldos económicos, como lo exigen los Arts, 2 y 3 del Reglamento al Art 79 de la Ley de Hidrocarburos. 14 días después de esta transacción, Pablo Terán, autoriza nuevamente la transferencia del 100% de las acciones de EcuadorTLC a la compañía argentina PECOM ENERGIA S.A., no domiciliada en el País. Este inusual y sospechoso movimiento de acciones y derechos sobre el Bloque 18 y campo Palo Azul, se explicaría según la Comisión, para proteger los intereses del grupo Isaías (Petromanabí) dueño de Filanbanco, ante una posible intervención de la Agencia de Garantía de Depósitos AGD.

En octubre del 2002 Pérez Companc comunicó que ha vendido el 58.6% de acciones a PETROBRAS. La transferencia de acciones que incluyó el 100% de EcuadorTLC significó la cesión del 70% de participaciones del Bloque 18 y Campo Palo Azul y no existió autorización ministerial como exige la cláusula 16.2.1 del Contrato de Participación, el Art. 74 numeral 11 y el Art. 79 de la Ley de Hidrocarburos. Así arribó Petrobrás al Ecuador, sin arriesgar nada.

El caso Petrobrás es aún más grave que el de Occidental, porque el 24 de enero de 2005 Petrobrás y Teikoku Oil Casa Matriz suscriben un “Acuerdo de Venta y Asociación” para la transferencia del 40% de derechos y obligaciones del Bloque 18 y Campo Palo Azul y comunican el hecho a la Comisión de Valores de Buenos Aires, señalando textualmente que: “El acuerdo de venta y asociación celebrado con Teikoku Oil Co., Ltd, (“Teikoku”) involucró la transferencia de las participaciones del 40% de los Bloques 18 y 31…”.

La misiva no solo comunica la firma del Acuerdo, sino también hace referencia a pagos económicos iniciales: “…Teikoku realizará un pago inicial en efectivo de U$S 5 millones y un desembolso posterior de U$S 10 millones sujeto a la realización de determinadas obras de infraestructura necesarias para el desarrollo del Bloque 31, las cuales serán emprendidas conjuntamente por la Sociedad y Teikoku...”.

Lo que Petrobrás hizo es un delito, apropiarse de un bien público y traficar en forma dolosa en la Comisión de Valores de Buenos Aires y Nueva York, con participaciones respaldadas por más de 100 millones de barriles de petróleo de los ecuatorianos, equivalentes a U$S 6 mil millones de dólares.

Fraude técnico en calificación de Común a Hollín

Técnicos de Petroecuador y de las compañías privadas en un acto delincuencial, hicieron desaparecer la estructura geológica Hollín Superior en Palo Azul 1, porque ellos sabían que el reservorio productor de Palo Azul 1, (Hollín Superior) era una pequeña acumulación separada del gran reservorio de la estructura Palo Rojo de Petroecuador (Hollín Superior); realidad que acaba de ser comprobada por la Comisión Especial al analizar la información técnica del Pozo Intermedio Palo Azul 35, perforado luego de 6 años de insistentes presiones. Este pozo clave, que de haber sido perforado antes de calificar de común al campo Palo Azul, le habría ahorrado al Estado enormes recursos, fue perforado a 1 kilómetro de Palo Azul 1, con resultados sorprendentes como señala el informe: “… fue cerrado en Octubre del 2006 por no ser productivo, ya que tuvo 95% de agua. Con esto se demostró que el supuesto yacimiento COMUN HOLLIN no existe”.

Venta de acciones de OCP

Relevante es la denuncia de que Petrobrás en forma ilegal transfirió a EcuadorTLC el costo de la operación del OCP, correspondiente a una reserva de transporte de 80 mil barriles día, con una tarifa de U$S 2,26 el barril, con la condición (Shirp or Pay) paga transporte o no transporte crudo. Esto significó el año 2006, un costo superior a los U$S 40 millones de dólares, los que fueron cargados a la economía de EcuadorTLC, generando resultados económicos negativos. Todo esto sin considerar que Petrobrás transporta el petróleo liviano de Palo Azul por el SOTE, pagando otra tarifa adicional.

Palo Azul (Palo Rojo), una joya de campo

El Informe subraya que “A pesar de los incrementos en las inversiones, costos y aplicación de la última Reforma a la Ley de Hidrocarburos (Ley 42), la evaluación económica para la vida del proyecto arroja resultados espectaculares: una tasa interna de retorno del 84,8 %; un beneficio neto para la contratista de 595 millones de dólares, 498 millones más que lo acordado en el PLAN DE DESARROLLO.” Toda esta lotería con una pírrica inversión de apenas U$S 11.8 millones, pues como señala el Informe “el resto de las inversiones, que requiere el proyecto, se obtiene de los ingresos que genera el propio crudo.” Del propio cuero salen las correas y las ganancias de las compañías ECUADORTLC, CAYMAN – PETROMANABI, se han multiplicado 5 veces más de lo contemplado en el Plan de Desarrollo, que de por sí ya eran altas.

Según informe de Petroecuador de 15 de mayo de 2007, EcuadorTLC (Petrobrás) a más de todos los perjuicios económicos denunciados, se niega a cumplir con lo que manda la Ley 42, por lo cual adeuda al Estado U$S 39 millones, correspondientes al año 2006 y lo que va del 2007.

Recuperar el campo Palo Rojo (Palo Azul) significa incorporar una producción diaria de 40 mil barriles de petróleo liviano, aproximadamente, que a un precio promedio de U$S 90 el barril, representa aproximadamente U$S 1.300 millones anuales, dinero que de algo puede servir en este invierno de pobreza. La decisión está en manos del Presidente Rafael Correa, pues, como deja entrever Alberto Acosta en su carta, si no se caduca el contrato de Petrobrás, Ecuador podría perder, además, el arbitraje planteado por Occidental en el CIADI, así, la larga noche neoliberal se perpetuará para los ecuatorianos.