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Lunes, 14 de Enero de 2008 11:42 |
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Agravante
contra Texaco
La multinacional causó ruina ambiental irreversible no solo en sus
campos concesionados sino aún fuera de ellos.
Por Jaime Bejarano
En
el largo juicio que una población de 30 000 habitantes de cinco etnias
amazónicas entablaron contra la transnacional Texaco-Chevron,
reclamando daños y perjuicios contra la vida, la salud y el entorno
ecológico de dichas parcialidades, se ha presentado un alegato de
agravantes perpetrados por la empresa demandada ante la corte superior
de Nueva Loja (Lago Agrio) pero se apresta a dictar sentencia
próximamente.
El agravante acusatorio es que la Texaco-Chevron
explotó y perforó ilegalmente al menos 75 pozos de crudo en zonas
concesionadas a terceras compañías petroleras, con el propósito de
asegurarse los territorios que eran más rentables para sus intereses y
utilidades, burlando así la Ley de Hidrocarburos de 1937 que sancionaba
con la caducidad de todo contrato que perjudicara, de alguna manera, al
Estado ecuatoriano o a terceras partes involucradas en la cesión
temporal de terrenos baldíos.
La arbitraria expansión del área
en que operó la transnacional ha sido consecuentemente ampliada en la
superficie en que irrogó los perjuicios al frágil ecosistema y los
daños a la salud y vida de los grupos humanos residentes en la región
ilícitamente ensanchada, aparte de la consiguiente depredación de
flora, fauna y demás biodiversidad existente, única en el mundo
contemporáneo.
La perforación, extracción y comercialización
petrolera de la Texaco-Chevron, en perímetros ajenos a su concesión de
4 400 kilómetros cuadrados de selva tropical, se habría incrementado
en un 11% de beneficios en detrimento de parte de la Amazonia, la que
padece hasta ahora los efectos letales de una mortal contaminación
provocada por cerca de 1 000 piscinas de crudo abandona a la
intemperie, millones de hectáreas envenenadas para el uso agrícola, la
polución del agua de ríos y riachuelos que matan al ganado, así como un
clima de morbilidad en los pobladores aledaños a los campos que fueron
operados por la transnacional.
Peritajes internacionales
practicados durante el dilatado proceso judicial, presentados como
pruebas por los demandantes, comprueban tasas de leucemia tres veces
más altas en niños de 1 a 4 años, estadísticas de cáncer 150 mayores
que las halladas en la vecindad del escenario contaminado, cifras
porcentuales de abortos espontáneos casi triplicadas en 10 años , así
como aumento de incidencia de la dermatitis, hongos en la piel y
afecciones respiratorias y digestivas.
Si la multinacional
causó ruina ambiental irreversible no solo en sus campos concesionados
sino aún fuera de ellos, por utilizar tecnología arcaica, barata y
antiética, su responsabilidad pecuniaria sería mayor para merecer una
sentencia judicial condenatoria dictada por los tribunales en los que
se sustancia tan prolongado pleito.
La parte enjuiciada
contestó al alegato, interpuesto por los afectados, diciendo que un
Acuerdo Ministerial de 1965 autorizó a la firma de Minas y Petróleos el
traspaso a la Texaco de 650 000 hectáreas adicionales a la concesión,
argumento que nada desvirtúa la material principal de la querella, un
culposo manejo ambiental en la Amazonia.
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