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COLOMBIA - El pueblo Motilón Bari de Colombia al mundo Imprimir E-mail
Petróleo en Latinoamerica - Colombia
Miércoles, 05 de Julio de 2006 19:17
l pueblo Motilón Bari de Colombia al mundo

EL PUEBLO  MOTILON BARI  DE COLOMBIA..

HACE ESTA PUBLICACION  FRENTE  A  LA VIOLACION DE LOS DERECHOS  COSMOGONICOS  Y CULTURALES.


YA QUE  LOS ABUELOS  NO PUEDEN REALIZAR  LAS ACTIVIDADES  CULTURALES  COMO LO HACIAN  LOS ANTEPASADOS Y NO LO PUDEN HACERLO  HOY. NO HAY ESE CONTACTO  DE PASADO Y PRESENTE...

POR QUE ECOPETROL ESTA EXPLOTANDO  HIDROCARBURO EN UN LUGAR SAGRADO DONDE  LOS ABUELOS SON INPEDIDO  A REALIZAR LA CULTURA...

APOYENOS DE DEFENDER  NUESTRO DERECHO CULTURAL Y COSMOGONICO.

DISTRIBUYA ESTA INFORMACION A TUS AMIGOS.

POR QUE TODOS TENEMOS UN DERECHO QUE PROTEGER..

GRACIAS..

BARI ABA  DARACHIROROMI
"PROTEGANOS  PORQUE SOMOS BARI"


CONSEJO AUTÓNOMO DE CACIQUES BARÍ
Asociación Comunidad Motilón Bari de Colombia
 


COMUNICADO A LA OPINION PUBLICA

Sala de revisión de la Corte Constitucional rechaza revisar fallo de tutela interpuesto por el  Pueblo Bari para la protección de nuestros Derechos Humanos.


Nosotros; El Pueblo Indígena Bari, interpusimos acción de tutela el 12 de octubre de 2005  contra el MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, MINISTERIO DE DEFENSA Y ECOPETROL, para la protección de nuestros derechos fundamentales por las múltiples violaciones realizadas con la ejecución del Proyecto de explotación y exploración de petróleo o Álamo I en nuestro territorio ancestral.
 
Esta tutela fue fallada en contra por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, magistrada ponente MARIA JOSEFINA IBARRA RODRIGUEZ  el día 4 de noviembre de 2005.  Ante este desconocimiento de la violación de nuestros derechos interpusimos recurso de apelación dentro de los términos legales.  Producto de ello, la tutela llegó hasta la  sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado, quien con Fallo del 16 de febrero de 2006, magistrado ponente ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO, resolvió confirmar la decisión del Tribunal Administrativo de Norte de Santander.
 
El día 11 de mayo de 2006 el expediente de tutela llegó hasta la secretaria de  la Corte Constitucional Colombiana donde  fue radicado con el numero 135285.  El fallo de tutela fue pre – seleccionado para revisión y posteriormente llegó hasta la sala de selección de la corte.  El 12 de mayo de 2006; 8 organizaciones internacionales y 12 nacionales  solidarias con nuestra causa interpusieron  una solicitud a esa corporación para que  decidiera revisar el Fallo de Tutela de segunda instancia.  Luego el 22 de mayo  enviamos a los Honorables magistrados de la Corte una copia del Informe final de la Comisión de Verificación a nuestro territorio realizada del 17 al 21 de febrero  con la intención de que ahondaran su conocimiento acerca de la situación de violación a nuestros derechos humanos.  A pesar de todo ello la sala de selección de la Corte Constitucional ha decidido NO  revisar el fallo de tutela con lo que parece agotarse las esperanzas de protección judicial de nuestros derechos.  Ante ello nuestro pueblo ha hecho solicitud formal a la Defensoria del Pueblo – Dirección nacional de Recursos y Acciones Judiciales, el Procurador General de la Nación y los Magistrados de la Corte Constitucional para que se insista ante la sala de selección de esta Corte a fin de que sea revisado el mencionado fallo de tutela.  El término para interponer este recurso de insistencia vence el día 29 de junio de 2006.
 

Ante esto  el Pueblo Indígena Bari:


Insiste ante el Estado Colombiano sobre la protección a sus derechos fundamentales, a nuestra condición de minoría étnica y nuestro derecho a la vida y la pervivencia y a la protección del ambiente que nos rodea; nuestra Ishthana.
 
Recuerda las denuncias sobre los múltiples impactos culturales a nuestra cosmovisión, nuestros lugares sagrados, nuestra espiritualidad, sobre el incumplimiento por parte de ECOPETROL de mas del 50% de las obligaciones que se establecen en la Licencia Ambiental 0624 de 2005, sobre los mas de 140 impactos al ambiente y los ecosistemas ocasionados con la ejecución del proyecto petrolero, sobre el accionar arbitrario del Ejecito Nacional que esta atentando nuestra libre movilización, nuestras actividades culturales de caza y pesca, maratones y rituales, integridad física y la propia vida, sobre la omisión por parte del Ministerio de Ambiente de realizar el seguimiento ambiental al proyecto a cual esta obligado según las leyes colombianas.  
 
Solicita a la Defensoria del Pueblo – Dirección nacional de Recursos y Acciones Judiciales, el Procurador General de la Nación y los Magistrados de la Corte Constitucional que interpongan la solicitud de insistencia ante la sala de selección de la corte constitucional para que el fallo de tutela sea revisado.
 
Solicita a las organizaciones sociales, de derechos humanos, ambientalistas, hermanos de los demás pueblos indígenas y a la opinión publica nacional e internacional que  se pronuncien con solicitudes de insistencia ante los magistrados de la  Corte Constitucional Colombiana, solicitando que se  revise el fallo de tutela de segunda instancia  del Consejo de Estado, como medida para que cesen las violaciones a nuestros derechos humanos.
 
Para ello favor dirigirse a Corte Constitucional Colombiana-  Dirección: Edificio del Palacio de Justicia de Bogotá,D.C. Colombia, Calle 12 No. 7-65. Fax (1) 3366822
 
Mas información: En Bucaramanga al (7) 6455528 o Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

Tibú junio 27 de 2006

CONSEJO AUTONOMO DE CACIQUES BARI
ASOCIACIÓN COMUNIDAD MOTILON BARI DE COLOMBIA