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l pueblo Motilón Bari de Colombia al mundo
EL PUEBLO MOTILON BARI DE COLOMBIA..
HACE ESTA PUBLICACION FRENTE A LA VIOLACION DE LOS DERECHOS
COSMOGONICOS Y CULTURALES.
YA QUE LOS ABUELOS NO PUEDEN REALIZAR LAS ACTIVIDADES CULTURALES
COMO LO HACIAN LOS ANTEPASADOS Y NO LO PUDEN HACERLO HOY. NO HAY ESE
CONTACTO DE PASADO Y PRESENTE...
POR QUE ECOPETROL ESTA EXPLOTANDO HIDROCARBURO EN UN LUGAR SAGRADO
DONDE LOS ABUELOS SON INPEDIDO A REALIZAR LA CULTURA...
APOYENOS DE DEFENDER NUESTRO DERECHO CULTURAL Y COSMOGONICO.
DISTRIBUYA ESTA INFORMACION A TUS AMIGOS.
POR QUE TODOS TENEMOS UN DERECHO QUE PROTEGER..
GRACIAS..
BARI ABA DARACHIROROMI
"PROTEGANOS PORQUE SOMOS BARI"
CONSEJO AUTÓNOMO DE CACIQUES BARÍ
Asociación Comunidad Motilón Bari de Colombia
COMUNICADO A LA OPINION
PUBLICA
Sala de revisión de la Corte Constitucional rechaza revisar fallo de
tutela interpuesto por el Pueblo Bari para la protección de nuestros
Derechos Humanos.
Nosotros; El Pueblo Indígena Bari, interpusimos acción de tutela el 12
de octubre de 2005 contra el MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA,
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, MINISTERIO
DE DEFENSA Y ECOPETROL, para la protección de nuestros derechos
fundamentales por las múltiples violaciones realizadas con la ejecución
del Proyecto de explotación y exploración de petróleo o Álamo I en
nuestro territorio ancestral.
Esta tutela fue fallada en contra por el Tribunal Administrativo de
Norte de Santander, magistrada ponente MARIA JOSEFINA IBARRA RODRIGUEZ
el día 4 de noviembre de 2005. Ante este desconocimiento de la
violación de nuestros derechos interpusimos recurso de apelación dentro
de los términos legales. Producto de ello, la tutela llegó hasta la
sección segunda de la sala de lo contencioso administrativo del
Consejo de Estado, quien con Fallo del 16 de febrero de 2006,
magistrado ponente ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO, resolvió confirmar la
decisión del Tribunal Administrativo de Norte de Santander.
El día 11 de mayo de 2006 el expediente de tutela llegó hasta la
secretaria de la Corte Constitucional Colombiana donde fue radicado
con el numero 135285. El fallo de tutela fue pre – seleccionado para
revisión y posteriormente llegó hasta la sala de selección de la corte.
El 12 de mayo de 2006; 8 organizaciones internacionales y 12
nacionales solidarias con nuestra causa interpusieron una solicitud a
esa corporación para que decidiera revisar el Fallo de Tutela de
segunda instancia. Luego el 22 de mayo enviamos a los Honorables
magistrados de la Corte una copia del Informe final de la Comisión de
Verificación a nuestro territorio realizada del 17 al 21 de febrero
con la intención de que ahondaran su conocimiento acerca de la
situación de violación a nuestros derechos humanos. A pesar de todo
ello la sala de selección de la Corte Constitucional ha decidido NO
revisar el fallo de tutela con lo que parece agotarse las esperanzas
de protección judicial de nuestros derechos. Ante ello nuestro pueblo
ha hecho solicitud formal a la Defensoria del Pueblo – Dirección
nacional de Recursos y Acciones Judiciales, el Procurador General de la
Nación y los Magistrados de la Corte Constitucional para que se insista
ante la sala de selección de esta Corte a fin de que sea revisado el
mencionado fallo de tutela. El término para interponer este recurso de
insistencia vence el día 29 de junio de 2006.
Ante esto el Pueblo Indígena
Bari:
Insiste ante el Estado Colombiano sobre la protección a sus derechos
fundamentales, a nuestra condición de minoría étnica y nuestro derecho
a la vida y la pervivencia y a la protección del ambiente que nos
rodea; nuestra Ishthana.
Recuerda las denuncias sobre los múltiples impactos culturales a
nuestra cosmovisión, nuestros lugares sagrados, nuestra espiritualidad,
sobre el incumplimiento por parte de ECOPETROL de mas del 50% de las
obligaciones que se establecen en la Licencia Ambiental 0624 de 2005,
sobre los mas de 140 impactos al ambiente y los ecosistemas ocasionados
con la ejecución del proyecto petrolero, sobre el accionar arbitrario
del Ejecito Nacional que esta atentando nuestra libre movilización,
nuestras actividades culturales de caza y pesca, maratones y rituales,
integridad física y la propia vida, sobre la omisión por parte del
Ministerio de Ambiente de realizar el seguimiento ambiental al proyecto
a cual esta obligado según las leyes colombianas.
Solicita a la Defensoria del Pueblo – Dirección nacional de Recursos y
Acciones Judiciales, el Procurador General de la Nación y los
Magistrados de la Corte Constitucional que interpongan la solicitud de
insistencia ante la sala de selección de la corte constitucional para
que el fallo de tutela sea revisado.
Solicita a las organizaciones sociales, de derechos humanos,
ambientalistas, hermanos de los demás pueblos indígenas y a la opinión
publica nacional e internacional que se pronuncien con solicitudes de
insistencia ante los magistrados de la Corte Constitucional
Colombiana, solicitando que se revise el fallo de tutela de segunda
instancia del Consejo de Estado, como medida para que cesen las
violaciones a nuestros derechos humanos.
Para ello favor dirigirse a Corte Constitucional Colombiana-
Dirección: Edificio del Palacio de Justicia de Bogotá,D.C. Colombia,
Calle 12 No. 7-65. Fax (1) 3366822
Mas información: En Bucaramanga al (7) 6455528 o
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Tibú junio 27 de 2006
CONSEJO AUTONOMO DE CACIQUES
BARI
ASOCIACIÓN COMUNIDAD MOTILON BARI DE COLOMBIA
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